¿Qué es?

Medida por la cual se busca la prevención del acoso laboral que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afecta la salud en los lugares de trabajo.

 

Objetivo

El Comité de Convivencia Laboral tiene por objeto prevenir las conductas de acoso laboral y atenderlas en caso de presentarse. El Comité procurará promover relaciones laborales propicias para la salud mental y el respeto a la dignidad de los empleados de todos los niveles jerárquicos de la Corporación, mediante estrategias de promoción, prevención e intervención para la resolución de conflictos, es de esta manera como desarrollará actividades de sensibilización, capacitación y vigilancia periódica.

 

Funciones y Responsabilidades

  1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
  2. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.
  3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
  4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias.
  5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
  6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.
  7. En los casos que no se llegue a acuerdo entre las partes y no se cumplan con las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación.
  8. Presentar a la Presidencia de la Corporación, las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia Laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
  9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia dentro de la entidad.
  10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la Presidencia de esta Corte.

 

Representantes del empleador

Principales:

  • María Esther Soto Jiménez – Presidente
  • John Camilo Mendoza Pérez- Principal

Suplentes:

  • Margarita Quintero Chipagra – Suplente
  • Fabián Augusto Quintero Rojas – Suplente

 

Representantes de los trabajadores

Principales:

  • Lady Viviana Ayala Camacho – Principal
  • Eirle Yulieth Corredor Rincón – Principal

Suplentes:

  • Yehnder Brayan Rodríguez Rojas - Suplente
  • Jenny Esperanza Vera Vera, Suplente

Información de Contacto

María Esther Soto Jiménez
Presidente Comité de Convivencia Laboral

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Servicios
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